Modificación a la NOM-044

Hoy, en el Diario Oficial de la Federación (DOF) se publica el acuerdo respectivo donde se informa de la vigencia del periodo establecido para todo el 2021, de la Norma Oficial Mexicana NOM-044-SEMARNAT-2017. 



Guillermo Rosales, director general adjunto de la Asociación Mexicana de Distribuidores de Automotores (AMDA), explicó que la falta del Diesel de Ultra Bajo Azufre (DUBA) fue la principal razón para que las autoridades modificaran la Norma, ya que la industria está “más que preparada para poder comercializar en México, tecnología Euro VI y EPA 2007, de hecho está disponible en el mercado mexicano”.


Estimó que “esta medida será favorable para estimular a aquellos transportistas que estaban con la duda de adquirir un vehículo en estos momentos y, por ende, tenemos una esperanza puesta a que el 2021 pueda tener mejores resultados”.


Al respecto, Miguel Elizalde, presidente de la Asociación Nacional de Productores de Autobuses, Camiones y Tractocamiones (ANPACT), exhortó a la Comisión Reguladora de Energía a avanzar en el grupo de trabajo que revisa la NOM-016 donde se van a revisar las características técnicas de los combustibles para que defina una fecha en la que estará disponible el DUBA en todo el país.


El “Acuerdo por el que se modifica la vigencia del periodo establecido en las notas al pie de las tablas 1, 2 y 4, de los numerales 4.1 y 4.2, únicamente en lo que se refiere a los estándares AA, de la Norma Oficial Mexicana NOM-044-SEMARNAT-2017”, establece que la emergencia sanitaria tanto en México, como a nivel mundial, afectó la fabricación e importación de motores nuevos a diesel y vehículos pesados nuevos que los incorporen, mientras que el tiempo de aplicación de dicho instrumento normativo continuó transcurriendo.


Por ello, se considera necesario extender la vigencia de los estándares AA, con el fin de que los motores nuevos con dicho combustible, y de los vehículos pesados nuevos que los incorporen y que hayan sido diseñados con tecnologías que cumplen con tales estándares, puedan seguir fabricando e importando a nuestro país, en un periodo mayor al que se había contemplado originalmente.


Esta modificación a la NOM-044 entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Modificación a la NOM-044 Modificación a la NOM-044 Reviewed by Bus-México on noviembre 25, 2020 Rating: 5

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